En el contexto de una crisis migratoria, en el caso de que un Estado miembro pusiera en riesgo el funcionamiento del Espacio Schengen por no controlar adecuadamente sus fronteras, ¿podría la Unión Europea intervenir directamente en dicho Estado sin que este último lo solicitara y ejercer potestades de control con su propio cuerpo de guardias fronterizos?
La investigadora en Derecho Administrativo y miembro del grupo de investigación SEJ-196 de la Universidad de Córdoba Teresa Acosta Penco da respuesta a esta y otras preguntas relacionadas con la tendencia a la comunitarización del control de las fronteras exteriores de la Unión Europea en su última monografía. Esta investigación, que ha sido galardonada con el III Premio Internacional de investigación en Derecho Público Europeo “Luis Ortega Álvarez”, explica cómo desde la creación de la Agencia de la Guardia Europea de Fronteras y Costas (Frontex) en el año 2004 hasta la actualidad, se ha producido una alteración significativa del ejercicio de potestades ejecutivas en materia de control fronterizo en la Unión Europea.
Si en un principio Frontex se limitaba a prestar asistencia a los Estados miembros que lo solicitaran para coordinar la cooperación operativa con otros Estados en las fronteras exteriores de la Unión, actualmente se puede afirmar que la agencia ha dejado de estar al servicio exclusivo de estos Estados para ponerse a disposición de la propia Unión. En efecto, en los últimos años Frontex ha adquirido importantes competencias de supervisión y reacción frente a las deficiencias detectadas en la gestión de las fronteras exteriores por parte de los Estados miembros. A tal fin, Frontex contará en breve con un cuerpo de 10.000 guardias de fronteras propios, no dependiente de los Estados miembros.
Este fortalecimiento no está exento de polémica, tanto desde un punto de vista jurídico como político. En primer lugar, porque el control fronterizo había sido hasta ahora un ámbito tradicionalmente reservado a los Estados miembros por su vinculación con el mantenimiento de su seguridad interior y el orden público; y, en segundo lugar, porque se trata del primer ámbito no intergubernamental en el que la Unión ejerce directamente competencias ejecutivas que implican el uso de la fuerza.
La monografía, publicada por la editorial Iustel (primer cuartil en prestigio editorial del Scholarly Publishers Indicator para editoriales jurídicas), recoge parte de los resultados de la investigación realizada por la Dra. Teresa Acosta en el marco de su tesis doctoral, realizada en las Universidades de Pisa y Córdoba bajo la dirección de los doctores Manuel Izquierdo Carrasco, Antonio Bueno Armijo y Simone Marinai.